No está solo. Nuestro equipo legal especializado en auditorías gubernamentales y procedimientos de la Contraloría General del Estado está aquí para asesorarlo y defenderlo en cada paso del proceso.
La Contraloría General del Estado es un organismo técnico, encargado del control de la utilización de los recursos estatales, y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos.
La Contraloría General del Estado, mediante auditorías (Examen Especial), realiza control de los recursos públicos, y como consecuencia de estas, emite predeterminaciones de responsabilidades administrativas y/o civiles (Glosas y Ordenes de Reintegro).
Posteriormente, la Contraloría General del Estado mediante Resolución ratifica o no, la responsabilidad administrativa y/o civil (Glosa u Orden de Reintegro).
Recuerda que la Auditoría gubernamental tienen como principal función la de evaluar la eficiencia, efectividad, economía y eficacia en el manejo de los recursos humanos, materiales, financieros, tecnológicos, ecológicos y de tiempo, así como verificar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y normativas aplicables en la ejecución de las actividades desarrolladas por los entes públicos.
Lo primero, observa en tu notificación el alcance de la orden de trabajo, es decir, respecto a que actividades se están realizado la Auditoría, después, observa si tus actuaciones están dentro de este periodo analizado y finalmente tomar en cuenta cuales eran tus funciones dentro de este periodo.
Posteriormente, revisa la notificación y observa cual es la información que te están solicitando, y responde exclusivamente respecto a la petición realizada por Auditoría evita argumentar respecto a acciones que no sean de tu gestión o periodo.
Si te llegó la notificación de resultados provisionales, toma en consideración las observaciones realizadas por el equipo de Auditoría y presenta tus descargos mediante oficios que se encuentren argumentados tanto en los hechos como en las normas jurídicas que los sustenten, y acompaña a este oficio pruebas debidamente actuadas.
La predeterminación de responsabilidades es el documento que emite la Contraloría General del Estado, como resultado de la Auditoría, en la que se determina que existe perjuicio económico al Estado, como consecuencia de la acción u omisión de sus servidores públicos.
Cuando de la Auditoría se establezca que las acciones u omisiones de un tercero (Contratista), han causado perjuicio económico, igualmente se impondrá la respectiva responsabilidad.
Si te llego una predeterminación Civil Culposa (Glosa), Orden de Reintegro o Administrativa, debes tomar en consideración que deberás presentar tu oficio de contestación en el plazo (días calendario) de sesenta, noventa o treinta días, según indique en el oficio de la Contraloría General del Estado, para ello debes tomar en cuenta cada una de las observaciones realizadas.
Si te han predeterminado como responsable solidario, igualmente debes contestar las observaciones de Contraloría General del Estado y debes presentar tus argumentos y pruebas de descargo.
La Contraloría General del Estado, una vez revisada la predeterminación de responsabilidad, los oficios de descargo de los administrados y las pruebas presentadas, emitirá una Resolución en la que podrá ratificar o desvanecer total o parcialmente la responsabilidad civil y/o administrativa.
Ante esta Resolución cabe la vía administrativa, y se podrá presentar un recurso de revisión, dentro del plazo de sesenta días contados desde la notificación.
De otro lado cabe la vía judicial, y se deberá presentar una demanda ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Ante las notificaciones que sean emitidas por la Contraloría General del Estado, debes observar:
La Contraloría General del Estado, tiene términos y plazos para aprobar o realizar ciertas actividades, y cuya falta conlleva la caducidad de las facultades del Ente de Control para determinar las responsabilidades.
Con el fin de determinar la caducidad de la contraloría es necesario analizar los artículos: 26, 56 y el 71 de la Ley Orgánica de Contraloría General del Estado.
Para conocer si existe alguna caducidad en tu caso, debes identificar la fecha de cada actividad con claridad, sea la orden de trabajo, la notificación de la predeterminación o la acción observada por Contraloría General del Estado, según corresponda.
Cabe aclarar que la Contraloría General del Estado, mediante resolución debidamente motivada acepta o niega la caducidad de sus facultades, si no lo hace deberás presentar una demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
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